Cónyuges dedicados al hogar recibirán 50% de indemnización tras divorcio

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Cd. México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de los cónyuges que se dedicaron al hogar y a la crianza durante el matrimonio, y están en proceso de divorcio.

El fallo de la SCJN favorece a los cónyuges dedicados al hogar que hayan contraído matrimonio bajo el régimen de separación de bienes, porque deberán de indemnizados económicamente por ley.

Hasta el 50% de los bienes para el cónyuge dedicado a hogar
El 10 de noviembre, la SCJN determinó que los cónyuges que se dedicaron al hogar deberán ser indemnizados, en caso de divorcio, con hasta el 50% de los bienes adquiridos en el matrimonio.

Aunque la pareja se haya casado bajo el régimen de separación de bienes, el cónyuge que se dedicó al hogar y a la crianza de los hijos o hijas deberá ser indemnizado, estableció la SCJN.

Que los cónyuges que se dedicaron al hogar reciban una indemnización deberá aplicar en todo el país, aunque la legislación local no lo establezca, señaló la SCJN.

“La Primera Sala de la SCJN (…) determinó la procedencia de una indemnización económica de hasta el 50% de los bienes adquiridos durante el matrimonio, celebrado bajo el régimen de separación de bienes, en favor de la persona quien se dedicó preponderantemente al hogar y a la crianza”

La Primera Sala de la SCJN detalló que su decisión, de favorecer a los cónyuges que se dedicaron al hogar y a la crianza, surgió de un amparo directo que promovió una mujer en Veracruz.

Y es que una mujer promovió un juicio de amparo donde se planteó la inconstitucionalidad del artículo 162 del Código Civil de Veracruz que estaba vigente hasta el 20 de junio de 2020.

Dado que dicho artículo no previa el pago de una pensión compensatoria sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio celebrado bajo el régimen de separación de bienes.

Que los cónyuges no tengan ningún derecho a ningún bien adquirido durante el matrimonio por haberse casado por separación de bienes, contraviene el principio de igualdad, señaló la Corte.

La Primera Sala de la SCJN destacó que la ausencia de la regulación de repartición de bienes adquiridos durante el matrimonio afecta el principio de igualdad y especialmente a las mujeres.